Soto Terrada Abogados
Despacho Jurídico Nacional e Internacional

Soto Terrada Abogados es un despacho jurídico multidisciplinar con más de veinte años de experiencia en el ejercicio profesional, tanto a nivel nacional como internacional, especializado en Derecho Administrativo, Civil, Laboral, Extranjería, Penal, Fiscal y Tributario, ofreciendo una asesoría y asistencia legal en todas las áreas del Derecho y ante cualquier jurisdicción

Especializados en

Derecho Civil Derecho Administrativo
Derecho Mercantil y Societario Derecho Laboral
Derecho Procesal Derecho Inmobiliario
Derecho Penal Derecho Hipotecario y Registral
Derecho Tributario y Fiscal Derecho Bancario
  Extranjería
NOTICIAS

EL SUPREMO REAFIRMA EL MALTRATO PSICOLÓGICO COMO UNA JUSTA CAUDA DE DESHEREDACIÓN

El tribunal Supremo en reciente sentencia dictada el pasado 13 de mayo interpreta el artículo 853.2 del Código Civil, que señala como justa cauda para desheredar a los hijos y descendientes el "haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra" entendiendo que dentro de dicho apartado se encuentra también el maltrato psicológico. ​

NUEVO CÓDIGO DEONTOLÓGICO COMPILA Y PONE AL DÍAS LAS NORMAS QUE RIGEN LA ACTIVIDAD PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA

​ El nuevo Código Deontológico, que entró en vigor el pasado 8 de mayo, incorpora a sus 23 artículos las últimas novedades normativas y corrige las disfunciones observadas desde el 2002. En él han participado todos los consejeros, los Consejos Autonómicos y los 83 Colegios de Abogados. También se han consultado a las asociaciones de consumidores y usuarios que han valorado muy positivamente el texto.

​ Las numerosas reformas legislativas han afectado el ejercicio profesional en los últimos años. El Código Deontológico proclama que quien ejerce la abogacía se erige en actor imprescindible para la realización de la Justicia, garantizando su actuación la información o asesoramiento, la contradicciones, la igualdad de las partes tanto en el proceso como fuera de él y encarnando el Derecho de Defensa, que es el requisito indispensable de la tutela judicial efectiva.

​ Como valores fundamentales de la nueva norma perviven la independencia, la libertad, la dignidad, el servicio a la sociedad, el secreto profesional, la transparencia y la colegialidad.

​ Principales Novedades

- Amplia los supuestos protegidos por el secreto profesional - Más protección para los clientes por sustituciones en el Turno de Oficio - Regula los principios básicos de la básicos de la publicidad - Confidencialidad en las mediaciones entre compañeros/as celebradas por el decano o la Junta de Gobierno - Prohíbe la declaración testifical del abogado y abogada por hechos de su actuación profesional - Amplía los deberes de información e identificación en beneficio de los clientes - Realiza un tratamiento diferenciado de la hoja de encargo profesional - Obligación de tener cubierta la responsabilidad civil mediante seguro - Impone asegurar la responsabilidad civil en cuantía adecuada de los riesgos - Concreta las obligaciones de información e incrementa precauciones para evitar conflictos de intereses - Regula el uso de las nuevas tecnologías para extremar el cuidad en la preservación de la confidencialidad y secreto profesional ​

LA ABOGACÍA ESPAÑOLA SE ADHIERE AL PACTO MUNDIAL DE NACIONES UNIDAS E IMPLEMENTA LOS 10 PRINCIPIOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE

​ La nueva presidenta del Consejo General de Abogacía Española, Victoria Ortega, y el presidente de la Red Española del Pacto Mundial, Ángel Pes, formalizaron la adhesión de la Abogacía Española a los diez principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas (Global Compact) en materia de derechos humanos, derechos laborales, medioambientales y lucha contra la corrupción. Este Pacto Mundial de Naciones Unidas (Global Compact) es una iniciativa internacional que promueve implementar 10 Principios universalmente aceptados para promover el desarrollo sostenible en distintas áreas. Con más de 12.500 entidades adheridas en más de 160 países, es la mayor iniciativa de responsabilidad social empresarial del mundo.

​ El Pacto Mundial de Naciones Unidas opera en España a través de la Red Española que cuanta actualmente con más de 1.600 entidades adheridas a esta iniciativa de responsabilidad social empresarial, de las cuales 22% son grandes empresas, el 61% son Pyme y el 16% son de otro tipo de entidades (tercer sector, sindicatos/asociaciones empresariales e instituciones educativas).

​ Estos 10 principios son:

Derechos Humanos

Principio 1.

Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia.

​ Principio 2

Las empresas deben asegurarse de que sus empresas no son cómplices en la vulneración de los Derechos Humanos.

​ Normas Laborales

Principio 3

Las empresas deben de apoyar la libertad de afiliación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

​ Principio 4

Las empresas deben de apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción.

​ Principio 5

Las empresas deben de apoyar la erradicación del trabajo infantil.

​ Principio 6

Las empresas deben apoyar la abolición de las prácticas de discriminación en el empleo y la ocupación

​ Medio Ambiente

Principio 7

Las empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente

​ Principio 8

Las empresas deben fomentar las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental

​ Principio 9

Las empresas deben favorecer el desarrollo y difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente

​ ANTICORRUPCIÓN

Principio 10

Las empresas deben de trabajar contra la corrupción en todas sus formas, incluidas extorsión y soborno ​

TRAMITADOS ELECTRÓNICAMENTE MÁS DE 350 EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA

​ Durante estos primeros meses de puesta en marcha del servicio se han contabilizado un total de 356 Expedientes de Nacionalidad por Residencia que han sido tramitados de formar electrónica a través de la aplicación desarrollada por RedAbogacía que permite la tramitación de las solicitudes de nacionalidad por residencia por vía electrónica y la remisión de los expedientes a la Dirección General de los Registros y del Notariado, a través de la infraestructura tecnológica del ministerio de Justicia gracias al convenio firmado entre el Consejo General de la Abogacía y dicho Ministerio en julio del 2017.

​ Hasta el momento, 28 Colegios se han adherido a este convenio, de los que 14 ya han habilitado los recursos necesarios para poder ofrecerlo a sus colegiados. Gracias a este servicio, se agiliza la tramitación de los expedientes, reduciendo el tiempo de respuesta de la resolución del expediente. ​

EL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA Y EL COLEGIO DE REGISTRADORES FIRMAN UN CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE FACILITA EL ACCESO DE TODOS LOS ABOGADOS Y ABOGADAS A LOS REGISTROS

​ El Convenio de colaboración que regula la relaciones entre ambas instituciones se desarrolla en los siguientes ámbitos:

- Acceso telemático de documentos privados al Registro

- Prevención de blanqueo

- Mediación entre abogados y registradores

- Publicidad registral

- Formación

Gracias a este acuerdo marco, los abogados y abogadas, mediante su firma electrónica, podrán presentar por vía telemática documentos privados en los Registros y llevar a cabo la consulta y solicitud de una seria de actos y negocios jurídicos. ​

IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

Tras la atribución a la Banca del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, existe el riesgo de que se traduzca dicho pago al cliente por medio de cláusulas abusivas o incrementando dicho precio en el total de la hipoteca, manifestando desde la Secretaría de Hacienda que llevarán un control sobre la Banca, para que eso no ocurra.

​ Desde Soto Terrada & Asociados le ofrecemos un asesoramiento específico antes de firmar su hipoteca, con el fin de comprobar que la Banca no introduce cláusulas abusivas en su escritura que le repercutan el precio del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. ​

OCULTACIÓN DE PATERNIDAD

El Tribunal Supremo, en Sentencia de 13 de Noviembre de 2018, establece que el daño moral generado en uno de los cónyuges en caso de ocultación de paternidad de un hijo no es susceptible de reparación económica. Estableciendo que no niega que dichas conductas "sean susceptibles de causar un daño", pero entiende que dicho daño deberá ser reparado/indemnizado mediante el ejercicio de acciones de la responsabilidad civil, a través de un juicio de moralidad.

Desde Soto Terrada & Asociados ejercemos acciones de impugnación de paternidad, incluyendo, en su caso, la reclamación de la devolución de las pensiones de alimentos abonadas hasta la fecha de la impugnación, así como la reclamación de la responsabilidad civil que pudiera resultar por los daños morales ocasionados. ​

VACACIONES NO DISFRUTADAS POR EL TRABAJADOR

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia por la que manifiesta que el no disfrutar las vacaciones pagadas no supone automáticamente su pérdida ni la de la compensación económica en caso de extinción del contrato, estableciendo que un trabajador no puede perder automáticamente su derecho a vacaciones anuales retribuidas por no haberlas solicitado, salvo que el empresario demuestre que el trabajador sabía de su derecho y podía ejercerlo y aún así no lo hizo, correspondiendo al empresario demostrar dicho extremo.

​ Desde Soto Terrada & Asociados contamos con una amplia experiencia en el sector laboral, ofreciendo un amplio asesoramiento jurídico como representación judicial y extrajudicial a empresarios y trabajadores. ​

CLÁUSULAS SUELO

En Soto Terrada & Asociados comprobamos si su hipoteca está afectada por una cláusula suelo y le ayudamos a reclamar las cantidades pagadas de más. Le ofrecemos una orientación jurídica para la presentación de la reclamación extrajudicial previa, así como la defensa y representación en caso de acudir a la vía judicial.

​ ¿Qué es la cláusula suelo?

Es una cláusula incluida en muchos préstamos hipotecarios a interés variable, en virtud de la cual cuando el Euribor y los tipos de interés se sitúan por debajo del tipo fijado como cláusula suelo, el cliente no se beneficia de dicha disminución y continúa abonando el interés fijado como suelo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia de 21 de Diciembre de 2016, declaró la nulidad de estas cláusulas desde el momento de formalización del préstamo hipotecario, pudiendo reclamar por tanto las cantidades abonadas de más desde su formalización. ​

GASTOS HIPOTECARIOS

En Soto Terrada & Asociados nos ocupamos de reclamar a la entidad bancaria correspondiente las gastos relativos a la formalización de la hipoteca, tanto si la misma se encuentra activa como si ya ha sido cancelada. El Tribunal Supremo, por Sentencia de Diciembre de 2015, declaró la nulidad de las cláusulas sobre gastos de formalización de hipotecas por considerarlas abusivas, debiendo el banco ser el responsable de dichos gastos dado que es el único beneficiario de su pago.

¿Qué gastos puedo reclamar?

Los gastos que se pueden reclamar son los importes derivados del pago de notaría, gestoría, impuestos y tasación que fueron abonados en el momento de la firma de su hipoteca. Para ello será necesario: La factura de la notaría correspondiente a la Escritura del Préstamo Hipotecario. Los gastos de tasación de la vivienda. La factura del Registro de la Propiedad, por la inscripción de la Hipoteca en dicho registro. El impuesto de actos jurídicos documentados. Los gastos de gestoría, siempre que su intervención haya sido impuesta por la entidad bancaria.

ACCIONES DEL BANCO POPULAR

Los accionistas del Banco Popular se han visto afectados por la compra de dicha entidad por parte del Banco Santander, desde Soto Terrada & Asociados le ofrecemos un asesoramiento jurídico con el fin de orientarle sobre su situación actual y poder iniciar el proceso de reclamación para que pueda recuperar su inversión.